QUE YA AUTORIZARON EL EMBARGO!!!!
:: ASESORIA PARA DEUDORES DE TDC Y SIMILARES :: Revisemos juntos las ofertas y las cartas de los despachos.
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QUE YA AUTORIZARON EL EMBARGO!!!!
HOLA ...PUES LLEGANDO HOY JUEVES A CASA MI HIJO ME DIO ESTA CARTA...
ESTA MUY FEA.. QUE HAGO????
ESTA MUY FEA.. QUE HAGO????
CONSORCIO JURIDICO
ASUNTO: NOTIFICACION EXTRAJUDICIAL EXPEDIENTE:XXXXXXXX
NOMBRE: ZORRITA
DOMICILIO: SU CUEVITA.
POR ESTE CONDUCTO LE NOTIFICAMOS A USTED QUE LA OFICINA QUE ANTERIORMENTE LES REQUIRIO EL PAGO DE SU ADEUDO CON BANCO AZTECA S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, HA DEJADO DE CONOCER DE SU ASUNTO, YA QUE SU LABOR SOLO ER AEXTRAJUDICIAL, ES DECIR, FUERA DE UN JUCIO LEGAL, Y AL NO DAR USTEDES UNA SOLUCION, SU EXPEDINETE HA SIDO TURNADO A ESTE DESPACHO PARA INICIAR EL TRAMITE JUDICIAL EN SU CONTRA
SE HE PRESETNADO LA DEMANDA EN EL JUZGADO COMPETENTE Y SU ADEUDO SE INCREMENTO DE $20,000 A $28,000. ESTO COMO CONSECUENCIA DE LOS GASTOS QUE GENERA EL TRAMITE LEGAL RESPECTIVO.
LA DILIGENCIA DE EMBARGO HA SIDO AUTORIZADA Y AUN ASI QUEREMOS DECIRLES QUE E NTANTO ESTA NO SE REALICE, USTEDES PUEDEN PRESENTARSE EN INSTALACIONES POR EL DOCUMNETO QUE LES AUTORICE LA LIQUIDACION DE SU ADEUDO EN LA SUCURSAL CORRESPONDIENTE, SIN CARGO ALGUNO Y SI CON UNA CONDONACION. LE INSISTIMOS QUE SI NO LE CONCEDEMOS PLAZO ES PORQUE LA DILIGENCIA PUEDE PRACTICARSE EN CUALQUIER MOMENTO Y ENTONCES FORZOSAMENTE DEBERAN LIQUIDAR LA CANTIDAD ARRIBA INDICADA.
SE LE MENCIONA QUE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 154 DE LA LEY GENERAL DE TITULO Y OPERACIONES DE CREDITO, BACNO AZTECA EJERCITARTA ACCION CAMBIARIA JUDICIAL EN VIA DIRECTA CONTRA USTED.
[b]zorrita[/b]
MENSAJES: 137 PUNTUACION: 770

ZORRITA- Tengo: 40
Re: QUE YA AUTORIZARON EL EMBARGO!!!!
Amiganster con lo leido y recorrido por ti en diversos foros debes de darte cuenta que esto son PURAS MENTIRAS, no tienes porque asustarte te repito preocupate cuando un ACTUARIO se presente ante tí y te NOTIFIQUE de una demanda real no de una simple carta sin valor legal alguno.
Saludos.
Saludos.
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"Lo que eres es lo que has sido, lo que serás es lo que haces ahora"
Buda

ALCIONE- ADMINISTRADOR

- Tengo: 48
Re: QUE YA AUTORIZARON EL EMBARGO!!!!
TE VOY A DECIR ALGO ME DIJO EL AMIGO DE UN AMIGO
QUE LA GATITA TIENE GARRA PARA ESO DE LOS BANCOS Y TODO LO RELACIONADO PREGUNTALE A MI ME LLEGO UNA TAMBIEN PERO DE UNA TDC NO SE QUE SEA LO TUYO EN BANCO AZTECA SI PRESTAMO PERSONAL PQ TENIA ENTENDIDO QUE HAY SI FIRMAS UN PAGARE Y TIENES UN AVAL PARA SERTE HONESTA NO SE QUE PROCEDE PERO TAMBIEN SE QUE SI VAZ PUEDES REESTRUCTURAR LA DEUDA EN CASO DE QUE EXISTA EL PAGARE
MI ESTIMADA ZORRITA TOMATELO CON CALMA Y HAY LOS QUE TIENEN MAS EXPERIENCIA QUE SE PONGAN EN ACCION
BESOS AMIGA CUIDATE MUCHO
QUE LA GATITA TIENE GARRA PARA ESO DE LOS BANCOS Y TODO LO RELACIONADO PREGUNTALE A MI ME LLEGO UNA TAMBIEN PERO DE UNA TDC NO SE QUE SEA LO TUYO EN BANCO AZTECA SI PRESTAMO PERSONAL PQ TENIA ENTENDIDO QUE HAY SI FIRMAS UN PAGARE Y TIENES UN AVAL PARA SERTE HONESTA NO SE QUE PROCEDE PERO TAMBIEN SE QUE SI VAZ PUEDES REESTRUCTURAR LA DEUDA EN CASO DE QUE EXISTA EL PAGARE
MI ESTIMADA ZORRITA TOMATELO CON CALMA Y HAY LOS QUE TIENEN MAS EXPERIENCIA QUE SE PONGAN EN ACCION
BESOS AMIGA CUIDATE MUCHO

yo- MODERADOR

Re: QUE YA AUTORIZARON EL EMBARGO!!!!
tu les crees si estuviera autorizado pa" que te avizan y hasta te ofrecen una condonacion....
_________________
MITOTEROS ETERNAMENTE LOS LLEVO Y LLEVARE EN MI CORAZON Y MENTE
carlos- Tengo: 51
pues es por tdc..
PUES EL UNICO PAGAR E QUE TIENEN FIRAMDO POR MI ES POR 1500 (MILQUINIENTOSPESOS) Y los demas es por USAR LA TDC de ellos...
Al...tienes razon pero aun asi me asusntan..ya despues se me pasa el susto...y mas cuadno me hablas (digo..cuando me esribes asi???)...
gracias mi amor...
Al...tienes razon pero aun asi me asusntan..ya despues se me pasa el susto...y mas cuadno me hablas (digo..cuando me esribes asi???)...
gracias mi amor...

ZORRITA- Tengo: 40
Re: QUE YA AUTORIZARON EL EMBARGO!!!!
SABES BANCOMER ESTA DANDO UN 95% DE DESCUENTO CON LA TARJETA DE WALMART
SERA VERDAD? A UN PRIMO LE LLEGO EL DESCUENTO DESGRACIADAMENTE A ESE NO LE DEBO YO
SI ME HICIERAN UN 95% DE DCTO ESTARIA ENCANTADA DE PAGARLES HAY VA LA CARTA PQ LA ENVIARON A MI EMAIL
SERA VERDAD? A UN PRIMO LE LLEGO EL DESCUENTO DESGRACIADAMENTE A ESE NO LE DEBO YO
SI ME HICIERAN UN 95% DE DCTO ESTARIA ENCANTADA DE PAGARLES HAY VA LA CARTA PQ LA ENVIARON A MI EMAIL

yo- MODERADOR

Re: QUE YA AUTORIZARON EL EMBARGO!!!!
Yosita yo también debo a bancomer pero la verdad ya ni creerles el despacho núnca me a querido dar un convenio por escrito y al llamar al banco para verificar el que me ofrecen ahi me dicen que ni los conocen
¿cómo la ven?
¿cómo la ven?_________________
"Lo que eres es lo que has sido, lo que serás es lo que haces ahora"
Buda

ALCIONE- ADMINISTRADOR

- Tengo: 48
Re: QUE YA AUTORIZARON EL EMBARGO!!!!
saludos a todos zorrita no te espantes ellos estan haciendo una labor extra judicial es decir fuera de juicio legal ese termino se define como arreglo pero no te preocupes el dia que ellos te entablen un juicio te notificara un juzgado de distrito y entonces ahy no se acaba tienes oportunidad de defenderte o en su caso si se presentan la pruebas el mismo juez sellan y no pagas nada solo es cuestion de que te informes y tranquilices te pondre un ejemplo un amigo le presto 3000 dlls a un conocido de el este se hizo tonto y no pago el trato de hacer la cobranza extrajudicial estaba firmado un pagare puesto que mi amigo es abogado y nada que no le pago se presento con el juez y pues se defendio el otro fulano diciendo no money y el juez escucho y fallo a favor de la otra persona por no tener capacidad y sello el pagare del cual se deslinda de este prestamo te explico esto para que veas que es un proceso esto que te dicen es nada mas eso extra judicial
saludos.
saludos.

GABO- Tengo: 30
Re: QUE YA AUTORIZARON EL EMBARGO!!!!
Gabo ¿cómo estás? gusto en verte espero y deseo que ya estés más alivianado de tus broncas, un saludo afectuoso desde "la ciudad más transparente del mundo" o sea mi querido D.F.


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"Lo que eres es lo que has sido, lo que serás es lo que haces ahora"
Buda

ALCIONE- ADMINISTRADOR

- Tengo: 48
Re: QUE YA AUTORIZARON EL EMBARGO!!!!
Mi estimada Zorrita, me extraña que siendo araña te hagas bola en la telaraña... jajajaja
Bueno ahí te va, conociendo estos cabrones seguramente te seguirán mandando cartas o te llegaran con el cuento de los artículos 1392, 1393 y 1394 del código de comercio. Esos artículos si existen, no son inventados pero lo que no te dicen los lindos gatitos es que esos artículos pertenecen al Libro Quinto de los juicios mercantiles en el Código de Comercio. Todo ese título de un buen de hojas habla acerca del proceso que se debe llevar para un juicio. Ahí dice que el demandante deberá presentar pruebas, que se le deberá notificar al demandado (o sea tu) y este deberá presentar pruebas para defenderse. Después de todo ese desmadre vienen los artículos arriba mencionados y que solo pueden ser llevados a cabo siempre y cuando el juez haya dictado sentencia y se te haya informado. O sea no es nomas por que se le hinche el … dedo pulgar a Banco Azteca.
Aquí te envío los artículos que considero importantes acerca de la notificación del juicio:
Artículo 1162.- Puede prepararse el juicio ejecutivo, pidiendo al deudor confesión judicial bajo
protesta de decir verdad, para lo cual el juez señalará día y hora para la comparecencia. En este caso el deudor habrá de estar en el lugar del juicio cuando se le haga la citación, y ésta deberá ser personal, expresándose en la notificación el nombre y apellidos del promovente, objeto de la diligencia, la cantidad que se reclame y el origen del adeudo, además de correrle traslado con copia de la solicitud respectiva, cotejada y sellada.
Artículo 1163.- Si el deudor fuere hallado o no en su domicilio y debidamente cerciorado el notificador de ser ése, le entregará la cédula en la que se contenga la transcripción íntegra de la providencia que se hubiere dictado, al propio interesado, a su mandatario, al pariente más cercano que se encontrare en la casa, a sus empleados, a sus domésticos o a cualquier otra persona que viva en el domicilio del demandado, entregándole también copias del traslado de la solicitud debidamente selladas y cotejadas.
O sea a producto de gallina se te debe notificar que hay un juicio en tu contra.
Les recomiendo, que se pongan un día a leer este título - sé que da hueva- verán como procede el juicio, como se desahogan las pruebas y como el banco lleva las de perder pues sus pruebas son los documentos firmados -o sea bauchers- que no guardan y menos digitalizan.
Así que mi bella zorrita, ni los peles, si se ponen de mandados recitales unos cuantos artículos y veras como se quedan con cara de sopes.
Besos y abrazos,
Bershka
Aquí les dejo el link del código http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/3.pdf
Bueno ahí te va, conociendo estos cabrones seguramente te seguirán mandando cartas o te llegaran con el cuento de los artículos 1392, 1393 y 1394 del código de comercio. Esos artículos si existen, no son inventados pero lo que no te dicen los lindos gatitos es que esos artículos pertenecen al Libro Quinto de los juicios mercantiles en el Código de Comercio. Todo ese título de un buen de hojas habla acerca del proceso que se debe llevar para un juicio. Ahí dice que el demandante deberá presentar pruebas, que se le deberá notificar al demandado (o sea tu) y este deberá presentar pruebas para defenderse. Después de todo ese desmadre vienen los artículos arriba mencionados y que solo pueden ser llevados a cabo siempre y cuando el juez haya dictado sentencia y se te haya informado. O sea no es nomas por que se le hinche el … dedo pulgar a Banco Azteca.
Aquí te envío los artículos que considero importantes acerca de la notificación del juicio:
Artículo 1162.- Puede prepararse el juicio ejecutivo, pidiendo al deudor confesión judicial bajo
protesta de decir verdad, para lo cual el juez señalará día y hora para la comparecencia. En este caso el deudor habrá de estar en el lugar del juicio cuando se le haga la citación, y ésta deberá ser personal, expresándose en la notificación el nombre y apellidos del promovente, objeto de la diligencia, la cantidad que se reclame y el origen del adeudo, además de correrle traslado con copia de la solicitud respectiva, cotejada y sellada.
Artículo 1163.- Si el deudor fuere hallado o no en su domicilio y debidamente cerciorado el notificador de ser ése, le entregará la cédula en la que se contenga la transcripción íntegra de la providencia que se hubiere dictado, al propio interesado, a su mandatario, al pariente más cercano que se encontrare en la casa, a sus empleados, a sus domésticos o a cualquier otra persona que viva en el domicilio del demandado, entregándole también copias del traslado de la solicitud debidamente selladas y cotejadas.
O sea a producto de gallina se te debe notificar que hay un juicio en tu contra.
Les recomiendo, que se pongan un día a leer este título - sé que da hueva- verán como procede el juicio, como se desahogan las pruebas y como el banco lleva las de perder pues sus pruebas son los documentos firmados -o sea bauchers- que no guardan y menos digitalizan.
Así que mi bella zorrita, ni los peles, si se ponen de mandados recitales unos cuantos artículos y veras como se quedan con cara de sopes.
Besos y abrazos,
Bershka
Aquí les dejo el link del código http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/3.pdf

bershka- MODERADOR

- Tengo: 31
Re: QUE YA AUTORIZARON EL EMBARGO!!!!
Te envío lo que dice el artículo 154
ARTÍCULO 154.- EL ACEPTANTE, EL GIRADOR, LOS ENDOSANTES Y LOS AVALISTAS RESPONDEN SOLIDARIAMENTE POR LAS PRESTACIONES A QUE SE REFIEREN LOS DOS ARTICULOS ANTERIORES.
EL ULTIMO TENEDOR DE LA LETRA PUEDE EJERCITAR LA ACCION CAMBIARIA CONTRA TODOS LOS OBLIGADOS A LA VEZ, O CONTRA ALGUNO O ALGUNOS DE ELLOS, SIN PERDER EN ESE CASO LA ACCION CONTRA LOS OTROS, Y SIN OBLIGACION DE SEGUIR EL ORDEN QUE GUARDAN SUS FIRMAS EN LA LETRA. EL MISMO DERECHO TENDRA TODO OBLIGADO QUE HAYA PAGADO LA LETRA, EN CONTRA DE LOS SIGNATARIOS ANTERIORES, Y DEL ACEPTANTE Y SUS AVALISTAS.
Lo que necesitamos que quedé claro es que es verdad que ellos pueden exigir que les pagues, pero si no tienes con qué se debe proceder a un juicio para un embargo, sobre eso no hay ninguna excepción. SI NO HAY JUICIO NO HAY EMBARGO, SI NO HAY NOTIFICACIÖN NO HAY DEMANDA Y SI NO HAY DEMANDA NO HAY JUICIO Y SE VUELVE A COMENZAR

bershka- MODERADOR

- Tengo: 31
s iverdad????
[b]Si verdad breshka?????
..
pues yo no le di mucha importancia..pero mi hijo me miro preocupado y su voz (auqnue ya es de un adolecente) se torno apgado y preocupada.. y me pregunto al darme ese papel:" si te hace eso mami?"--....
(glup!!!)...yo le dije: NO hijo es una carta mas..eso de azteca son de los pior...Lo bueno que el sabe que lo les cuetno a mis cuates y LISTO!!!!!!! ya me siento chida...
pues yo no le di mucha importancia..pero mi hijo me miro preocupado y su voz (auqnue ya es de un adolecente) se torno apgado y preocupada.. y me pregunto al darme ese papel:" si te hace eso mami?"--....
(glup!!!)...yo le dije: NO hijo es una carta mas..eso de azteca son de los pior...Lo bueno que el sabe que lo les cuetno a mis cuates y LISTO!!!!!!! ya me siento chida...
[/b]

ZORRITA- Tengo: 40
Re: QUE YA AUTORIZARON EL EMBARGO!!!!
mi estimada BERSHKA siempre con respuestas claras y bien solidas deberias hacerte cargo de este espacio dedicado a los bancos,...saludos y un apapacho cariñoso
_________________
MITOTEROS ETERNAMENTE LOS LLEVO Y LLEVARE EN MI CORAZON Y MENTE
carlos- Tengo: 51
Re: QUE YA AUTORIZARON EL EMBARGO!!!!
AL... LA CARTA LA RECIBI YO Y POR CIERTO HOY SE LIQUIDO EL ADEUDO NO SE SI SEA VALIDA DEJAME SUBIRLA LO QUE SI COINCIDE ES EL NUMERO DE TARJETA HAY VA LA CARTA

yo- MODERADOR

Re: QUE YA AUTORIZARON EL EMBARGO!!!!
CONVENIO DE PAGO
Que celebran por una parte el Sr.(a) [size=9]------------------- [/size]como acreditado por el adeudo que presenta en TDC y que ha sido asignado para recuperación a Merkafon de México como representante de Bancomer. El presente acuerdo de pago queda estipulado bajo las condiciones que a continuación se detallan:
CUENTA | SALDO | CANTIDAD A PAGAR | FECHA DE PAGO |
4555020295862576 | $20,008.00 | $ 1001.00 | 22/05/2009 |
El pago o los pagos acordados deberán efectuarse directamente a la cuenta en mención y en cualquier sucursal BANCOMER de su preferencia.
La falta de pago de una o más parcialidades en las fechas pactadas, será causa de vencimiento del presente convenio y como consecuencia los pagos realizados se aplicaran a los intereses que actualmente presenta la cuenta.
El presente documento carecerá de valor de no contar con el comprobante de pago con sello del Banco que acredite el depósito efectuado.
Asimismo, el cliente se obliga a enviar copia del comprobante de pago para el trámite de liquidación, en caso de no hacerlo, se considera como pago parcial.
Atentamente.
CARLOS MARTINEZ AKEL
Supervisor cobranza
Bancomer

yo- MODERADOR

Re: QUE YA AUTORIZARON EL EMBARGO!!!!
EN RESUMEN ESA FUE LA CARTA PAGO ME TRAJO LA FICHA PARA QUE LA ENVIARA AHORA NO SE SI LE RESPETEN POR HAY LES SIGO PLATICANDO OJALA Y ME LLEGARA UNA IGUAL CON EL 95%

yo- MODERADOR

Re: QUE YA AUTORIZARON EL EMBARGO!!!!
un solo pago de 1001 por deuda de 20.000 ...
_________________
MITOTEROS ETERNAMENTE LOS LLEVO Y LLEVARE EN MI CORAZON Y MENTE
carlos- Tengo: 51
Re: QUE YA AUTORIZARON EL EMBARGO!!!!
Yosita a mi me ofrecieron el 90% de descuento en Walmart y era pura mentira lo que me pedían era sólo para poneerme al corriente en mi atraso pero núnca para liquidar con eso mi adeudo.
_________________
"Lo que eres es lo que has sido, lo que serás es lo que haces ahora"
Buda

ALCIONE- ADMINISTRADOR

- Tengo: 48
Re: QUE YA AUTORIZARON EL EMBARGO!!!!
ALCIONE COMO LE COMENTE A CARLOS NI IDEA PQ LA TARJETA NO ERA MIA PERO QUE CREES YO HOY DE CHISMOSA LLAMO POR TELEFONO AL NUMERO QUE TRAE Y LE DIGO A LA CHAVA QUE SI ME PUEDE ENVIAR POR EMAIL UNA COPIA DE LA CARTA FINIQUITO PQ DIJO QUE LA CARTA FINIQUITO LLEGABA EN UNA SEMANA EN ESPERA DE QUE LA ENVIE YO LA SUBO AQUI IGUALMENTE SI ES TRETA SE LOS INFORMARE

yo- MODERADOR

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